viernes, 6 de diciembre de 2013

La Constitución expulsada del Sistema Nacional de Salud. De alegrías y sufrimiento

Art. 43. Se reconoce el derecho a la protección
la salud.
 Un blog donde escribo de forma fugaz y breve  sobre aquellos temas jurídicos y sanitarios que consiguen romper mi ritmo cardíaco.

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA PARECE QUE HA SIDO EXPULSADA DEL SISTEMA NACIONAL DE SANIDAD (SNS)

Hoy 6 de diciembre del 2013 se celebra un año más la aprobación de la CE y recordando lo que ha pasado en estos años en el Sistema Nacional de Salud en donde con insensibles medidas políticas de recortes en prestaciones sanitarias y del ámbito subjetivo de las mismas se ha conseguido inundar nuestro SNS de mucho dolor y sufrimiento.

Es cierto que el artículo 43 CE es un principio rector y de libre configuración por los responsables políticos, pero es TAMBIÉN CIERTO que dicho principio rector está relacionado íntimamente con el FUNDAMENTAL A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FÍSICA como bien han indicado algunas sentencias.

Sí,  veces pienso que la CE ha sido expulsada de nuestro SNS porque términos como: responsabilidad, seguridad jurídica, tutela judicial efectiva, derecho a la vida y a la integridad física, sometimiento a la CE, interés general, interdicción de la arbitrariedad, derecho a la protección de la salud... son grandes ausentes 

Observo perplejo las alegrías con la que muchos responsables políticos y gestores sanitarios exponen datos concretos de ahorro en sanidad sin la más mínima autocrítica sobre sus decisiones pasadas ---algunas limitando con la imprudencia--- y además sin un atisbo de humanidad ni sensibilidad.

Esas alegrías, esas frías decisiones económicas formalmente amparadas por la Ley generan dolor y sufrimiento porque afectan a la salud de las personas; y sólo hay que hacer una pequeña búsqueda en internet para ver los innumerables colectivos de ciudadanos sanitarios que se les ha lanzado fuera del SNS y ahora están lejos de nuestro Estado de Bienestar

No sigo más porque quiero volver a "ritmo sinusal", lo cierto es que el Tribunal Constitucional tiene por la avalancha de recursos definir nuestro SNS y lo fundamental: los derechos de ciudadanía sanitaria.

Un poquito de humanización por favor en la gestión sanitaria.... Hoy día de la Constitución apostemos por una reforma constitucional que defina el derecho a la protección como derecho fundamental, ah... pero con garantías que sino nos pueden hacer trampa.

Chema Antequera Vinagre.

@defensor_medico pero mi objetivo es informar y opinar

miércoles, 4 de diciembre de 2013

¿Se respeta adecuadamente la intimidad de los pacientes? Igual no



El objetivo de este blog es comentar de forma breve aquellas cosas que alteran mi ritmo cardíaco y que pueden tener un origen jurídico o sanitario.

La ExtraSístole Jurídica de este Post:

Durante las últimas semanas en diversos cursos he tenido la oportunidad de debatir sobre la intimidad de los pacientes en las organizaciones sanitarias y como base de esa reflexión hemos comentado una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en donde se condena, vía de responsabilidad patrimonial, a abonar a unos familiares de una paciente 125.000 € porque 417 usuarios (profesionales) de diversos centros sanitarios accedieron un total de 2885 veces a los datos de la historia clínica y además a las fotos de una paciente

Sí sí... 2885 veces, muchas de ellos ilícitas e ilegítimas; siempre que comento  dicha sentencia en alguna Sesión Jurídica en un curso, brota de forma espontánea la percepción   que no parece ser un caso excepcional; incluso muchos me dicen: "... me sorprendería si mirase qué compañeros médicos o enfermeros han accedido a mi historia clínica..." Tú que me lees ahora y trabajas en un centro sanitario ¿TE PODRÍAS  LLEGAR A SORPRENDER SI HAS ESTADO DE BAJA MÉDICA O HAS ESTADO INGRESADO?

La intimidad de los pacientes y su garantía forman parte del núcleo esencial de la relación médico-paciente y por lo que parece tenemos GRANDES LEYES SANITARIAS y todo el mundo parece estar concienciado incluso de las graves consecuencias, incluso penales de los accesos ilícitos; pero alguna fuerza interior nos puede y se producen hechos como los que son enjuiciados en la sentencia que os comento.

Bueno bueno, ahí os dejo la Sentencia que es muy necesaria leer y quizás releer.

SENTENCIA CONDENA POR 2885 ACCESOS POR 416 SANITARIOS

Ah y ahora que voy acabando, creo tener sueños en los que profesionales sanitarios pasan por  Facebook, Whatsapp preciosísimas fotos de Rx pacientes... va pero seguro que sólo son SUEÑOS.

Un saludo.

Chema Antequera.
@defensor_medico

LA GRAN OPORTUNIDAD DE RENOVAR EL CÓDIGO DEONTOLOGÍA MÉDICA

No obstante, todo dependerá de la finalidad de la revisión, renovación, adaptación, reformulación o adaptación a los nuevos tiempos en los q...